Programas de Servicio Social: Externo

Reglamento

1. Para iniciar el servicio social de manera externa es indispensable contar con el 70% de los créditos de la carrera. En caso de que se realice antes de dicho porcentaje, el servicio social NO será tomado en cuenta.

2. Si se decide hacer el servicio social en un programa externo, deberá ser de manera ininterrumpida y en el mismo lugar donde se inicia. No se acreditarán servicios sociales externos realizados en diferentes organizaciones.

3. Las dependencias externas deberán tener sus programas dados de alta en la oficina de Servicio Social. Las organizaciones válidas son: Dependencias Gubernamentales, Asociaciones Civiles o Instituciones de Asistencia Privada sin fines de lucro legalmente constituidas en México. De acuerdo con nuestro Reglamento, el servicio social no podrá realizarse en empresas privadas, partidos políticos, ni en Sociedades Civiles.

4. En caso de que una institución no esté dada de alta y cumpla con los requisitos que estipula el reglamento de Servico Social, puede solicitar su alta mediante el siguiente procedimiento:

  • Enviar por correo electrónico (servicio_social@itam.mx) una solicitud para considerar su opción como programa válido para servicio social.
  • En cuanto se reciban los requisitos se le enviará la solicitud al Comité de Servicio Social del ITAM y se avisará el resultado directamente a la institución interesada.
  • En caso que sea autorizado el programa, su información se publicará en la página Web de servicio social del área de Dirección Escolar.

5. Una vez elegido el lugar, cada estudiante deberá ponerse en contacto con la persona responsable del programa de interés para obtener información precisa sobre las actividades que realizará. Es necesario que cada estudiante obtenga una carta de créditos, (se tramita en serviciosweb.itam.mx) para presentarla en la institución y comprobar que cuenta con el 70% de los créditos de la carrera.

6. La institución deberá expedir una carta de inicio y una carta de terminación en papel membretado de la institución, firmada de manera autógrafa por la persona responsable del programa y con el sello oficial de la organización. Las cartas deben especificar el periodo de la prestación del servicio social, que no podrá ser menor a 6 meses, ni exceder 2 años.

Al finalizar el servicio social se debe entregar la documentación completa en la oficina de Servicio Social para su liberación: carta de inicio, carta de terminación y constancia de porcentaje de créditos. Es recomendable enviar los 3 documentos a revisión por correo (servicio_social@itam.mx) antes de la entrega física en el ITAM.

Puedes consultar las opciones de servicio social con las que cuenta el ITAM mediante esta página.